Viernes, 19 de Abril de 2024
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Dos policías vallarteses no quisieron detener a mujer que agredió a su pareja.

Dos policías vallarteses no quisieron detener a mujer que agredió a su pareja.

Ambos policías fueron sancionados por un juez.
Deberán hacer labor comunitaria, pagarle a la victima  y hacer labor social 
-Los elementos se negaron a detener a una fémina que había lesionado a su marido en la cabeza, negándole de esta manera el servicio y la protección a los cuales tenía derecho la víctima.
Por negarle el servicio y acceso a la justicia a un ciudadano, María del Carmen “N” y Asunción “N”, policías municipales de Puerto Vallarta, fueron vinculados este jueves a proceso por un Juez a solicitud de agentes de Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Jalisco.
El delito que se les imputa es abuso de autoridad, considerado en el Artículo 146 del Código Penal del Estado, fracción III: Cuando indebidamente, retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de prestarles, o impida la presentación o el curso de una solicitud, y la fracción IV: Cuando ejecute, autorice o permita cualquier acto atentatorio a los derechos garantizados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por la del Estado.
Los hechos ocurrieron en abril del 2018 en Puerto Vallarta, cuando los uniformados acudieron a un domicilio por el llamado de un hombre que había sido víctima de violencia intrafamiliar por parte de una mujer, el cual presentaba lesiones en la cabeza.
Sin embargo, los elementos se negaron a detener a la causante y se retiraron del lugar, negándole de esta manera el servicio y la protección a los cuales tenía derecho la víctima.
Tras escuchar a ambas partes y considerar los datos de prueba presentados, Luis Daniel Canales González, Juez Penal de Control y Juicio Oral de Puerto Vallarta, resolvió vincular a proceso a los dos elementos.
No obstante, la defensa solicitó la suspensión condicional del proceso, una de las nuevas modalidades que incorpora el modelo de justicia alternativa, que permite al vinculado presentar un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y someterse a condiciones “que garanticen una efectiva tutela de los derechos de la víctima u ofendido y que en caso de cumplirse, pueda dar lugar a la extinción de la acción penal”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El Juez concedió la suspensión y fijó las siguientes condiciones que deberán cumplir los imputados durante seis meses: acudir a firmar su control ante la Unidad de Medidas Cautelares, mantener su domicilio actual, tomar un curso en materia de derechos humanos, prestar servicio social a favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública por un total de 120 horas.
También deberán ofrecer una disculpa pública a la sociedad, entregar la cantidad de $5,000.00 pesos a la víctima como reparación del daño, así como dar una aportación de $5,000.00 pesos cada uno a favor de una fundación de beneficencia pública: Centro de Educación Integral para el Desarrollo Humano de Occidente A.C., de Puerto Vallarta.
Al término del plazo, el juzgador revisará el cumplimiento de las condiciones por parte del hoy vinculado para resolver si procede la extinción de la acción penal. (Boletín de prensa)

Dos policías vallarteses no quisieron detener a mujer que agredió a su pareja.